Libro de reclamaciones

Libro de reclamaciones

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 29571 (Código de Defensa y Protección al Consumidor), así como en el Decreto Supremo N° 0011-2011-PCM y sus modificatorias, este establecimiento cuenta con un Libro de Reclamaciones Virtual a su disposición.

Queja:

Disconformidad no relacionada a los productos o servicios; o, malestar o descontento respecto a la atención al público.

Reclamo:

Disconformidad relacionada a los productos o servicios.

INDÍQUENOS A QUÉ ESTABLECIMIENTO DEBE IR SU QUEJA O RECLAMO

La Rambla San Borja
Razón Social: Inversiones San Borja S.A.
RUC: 20100136661
Dirección: Calle Las Begonias No. 415, piso 7, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima.

La Rambla Brasil
Razón Social: Inmuebles Limatambo S.A.
RUC: 20100136318
Dirección: Calle Las Begonias No. 415, piso 7, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima.

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Razón Social: Urbanova Inmobiliaria S.A.C.
Ruc: 20551182992
Dirección: Calle Las Begonias No. 415, piso 7, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima

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  • Hoja de Reclamanción Nª RV 00000044
  • Fecha de reclamo o queja: [date-today]

    1. Identificación del consumidor reclamante

    Si el denunciante es menor de edad por favor llenar los datos del padre o apoderado

    2. Identificación del bien contratado

    ProductoServicio

    3. Detalle de la reclamación y pedido del consumidor

    ReclamoQueja

    4. Observaciones y acciones adoptadas por el proveedor

    FECHA DE COMUNICACIÓN DE LA RESPUESTA

    Destinatario (consumidor, proveedor o INDECOPI según corresponda).

    * Los campos indicados con asterisco son campos obligatorios.
    * Al brindar mi correo electrónico, autorizo a que cualquier comunicación respecto al reclamo se realice a través del mismo.
    * El tratamiento de sus datos personales en este portal tiene por finalidad gestionar de manera correcta su reclamo o queja conforme a las disposiciones legales sobre la materia.
    * La formulación del reclamo no impide acudir a otras vías de solución de controversias ni es requisito previo para interponer una denuncia ante el INDECOPI.
    * El proveedor deberá dar respuesta al reclamo en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, sin opción a ampliación de plazo.